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LA LIBERTAD
DE EXPRESIÓN



La Casa Universal de Justicia





ÍNDICE


Mensaje de Casa Universal de Justicia

Memorandum
1. La Naturaleza de los Derechos y Libertades
Personales dentro de la Comunidad Bahá'í
El Concepto de Democracia
Derechos y Libertades
2. Provisiones Administrativas para Garantizar los Derechos Individuales
El Proceso de Apelación
El Procedimiento Legal
3. Efectuando cambios en la Comunidad Bahá'í
La Libertad de Expresión
Elecciones Bahá'ís



LA CASA UNIVERSAL DE JUSTICIA
Centro Mundial Bahá'í


29 diciembre 1988

A los seguidores de Bahá'u'lláh
en los Estados Unidos de América

Queridos amigos bahá'ís,

Hemos notado con preocupación evidencias de una confusión de actitudes entre algunos de los amigos cuando se encuentran con dificultades para aplicar principios bahá'ís a problemas actuales. Por un lado, reconocen su creencia en Bahá'u'lláh y Sus enseñanzas; por el otro, invocan las prácticas democráticas liberales occidentales cuando las acciones de algunas instituciones bahá'ís o de sus compañeros bahá'ís no concuerdan con lo esperado por ellos. En el corazón de esta confusión se encuentran conceptos erróneos de temas fundamentales tales como los derechos y la libertad de expresión del individuo en la comunidad bahá'í. La fuente de las dificultades potenciales de la situación nos parece ser una perspectiva bahá'í inadecuada tanto por parte del individuo creyente como por parte de sus instituciones.
Reconociendo el inmenso desafío con el que se enfrentan para resolver tal confusión, nos detenemos para reflexionar con ustedes sobre estos temas, en busca de un contexto dentro del cual se puedan discutir y comprender en la comunidad cuestiones relevantes y fundamentales.
Las extraordinarias capacidades de la nación americana, así como el magnífico liderazgo de la comunidad bahá'í dentro de ella, han sido ensalzados repetidamente en los escritos de nuestra Fe. En Sus Tablas y charlas, 'Abdu'l-Bahá, el Centro del Convenio, proyectó una potente visión de las perspectivas mundiales de ese país de destacadas dotes. "La nación americana", afirmó, "está equipada y capacitada para realizar aquello que adornará las páginas de la historia, convertirse en la envidia del mundo y ser bendecida en oriente y occidente por el triunfo de sus gentes". En otra declaración dirigida a la comunidad bahá'í misma, El pronunció palabras de trascendente importancia: "... vuestra misión", afirmó, "es indeciblemente gloriosa. Si el éxito coronara vuestra empresa, América sin duda se convertirá en un centro del que emanarán olas de poder espiritual y en el que el trono del Reino de Dios será establecido firmemente en la plenitud de su majestad y gloria".
Shoghi Effendi, en varias ocasiones, alabó los logros notables y glorias potenciales de esa comunidad especialmente bendecida, pero se sintió inclinado a dar, en "El Advenimiento de la Justicia Divina", una profunda advertencia que es esencial para entender adecuadamente la relación entre esa comunidad bahá'í y la nación de la que ha brotado. "Los vehementes tributos, tan repetida y meritoriamente rendidos a la capacidad, espíritu, conducta y alto rango de los creyentes americanos, tanto individualmente como en calidad de comunidad orgánica, no deben ser confundidos bajo ninguna circunstancia, con las características y naturaleza de las gentes de quienes ellos surgieron por voluntad de Dios. Debe hacerse una clara distinción entre esa comunidad y estas gentes, la cual debe ser resuelta y valerosamente sostenida, si deseamos concederle el debido reconocimiento al poder transmutador de la Fe de Bahá'u'lláh, en su impacto sobre las vidas y normas de aquellos que han preferido reclutarse bajo Su estandarte. De lo contrario, el propósito supremo y distintivo de Su Revelación, el cual no es otro que la creación de una nueva raza de hombres, se mantendrá completamente desconocido y totalmente oculto". Les invitamos a contemplar especialmente las implicaciones transformativas y de largo alcance de esta distinción.
La atalaya que nos da perspectiva y es la base de nuestra creencia y acciones es nuestro reconocimiento de la soberanía de Dios y nuestra sumisión a Su voluntad tal como fue revelada por Bahá'u'lláh, Su suprema Manifestación para este Día prometido. Aceptar al Profeta de Dios en Su tiempo y acatar Su mandamiento son los dos deberes esenciales e inseparables para las que fue creada y ha de cumplir cada alma. El individuo ejerce estos deberes gemelos por voluntad propia, un acto que constituye la expresión más elevada del libre albedrío con el que cada ser humano ha sido dotado por un Creador todo amoroso.
El vehículo en esta resplandeciente Edad para el cumplimiento práctico de estos deberes es el Convenio de Bahá'u'lláh; de hecho es el potente instrumento mediante el cual la creencia individual en El se traduce en hechos constructivos. El Convenio comprende arreglos divinamente concebidos necesarios para preservar la unidad orgánica de la Causa. Por ello engendra un poder motivador que, como nos dice el amado Maestro, "como una arteria, late en el cuerpo del mundo". "Es indudablemente claro", afirma, "que el pivote de la unidad de la humanidad no es otra cosa que el poder del Convenio". A través de ello el significado de la Palabra, tanto en teoría como en la práctica, se hace evidente en la vida y obra de 'Abdu'l-Bahá, el Intérprete nombrado, el Ejemplo perfecto, el Centro del Convenio. A través de ello se ponen en funcionamiento los procesos del Orden Administrativo -"este Sistema único y maravilloso".
Al subrayar su distinción, Shoghi Effendi ha señalado que "este Orden Administrativo es fundamentalmente diferente de todo lo que Profeta alguno haya establecido hasta ahora, puesto que Bahá'u'lláh Mismo es Quien ha revelado sus principios, establecido sus instituciones, designado la persona para interpretar Su Palabra y conferido la autoridad necesaria en el cuerpo destinado a complementar y aplicar Sus ordenanzas legislativas". En otra declaración, sostiene que "Sería extremadamente erróneo intentar una comparación entre este Orden único, divinamente concebido, y cualquiera de los diversos sistemas inventados por la mente de los hombres para el gobierno de las instituciones humanas en los diversos períodos de su historia". "Semejante intento", opinaba, "evidenciaría una completa falta de apreciación de la excelencia de la obra de su gran Autor".
La falta de semejante apreciación desvirtuaría la perspectiva de cualquiera que midiera los procesos administrativos bahá'ís con las prácticas prevalecientes en la sociedad actual. Pues a pesar de su inclinación a los métodos democráticos en la administración de sus asuntos, y sin tener en cuenta el parecido entre algunas de sus características y las de otros sistemas, el Orden Administrativo no debe ser considerado meramente un perfeccionamiento de los sistemas pasados y actuales; representa algo diferente tanto de origen como de concepto. Shoghi Effendi ha explicado que "Este Orden Administrativo recién nacido incorpora en su estructura ciertos elementos que se hallan dentro de cada una de las tres formas reconocidas de gobierno secular, sin constituir de manera alguna una mera réplica de alguna de ellas, ni introducir dentro de su mecanismo ninguna de las características indeseables que ellas inherentemente posean. Como ningún gobierno establecido por mortales haya podido aún realizar, éste funde y armoniza las sanas verdades que cada uno de esos sistemas indudablemente contiene, sin viciar la integridad de aquellas verdades divinas en que está fundado en su esencia".
Sin duda, ustedes están informados de las explicaciones del Guardián sobre este tema. ¿Por qué, entonces, este énfasis insistente? ¿Por qué esta revisión repetida de los fundamentos? Este énfasis, esta revisión, equivale a pedir un pensamiento consistente, el logro de perspectivas correctas, la adopción de actitudes adecuadas. Y éstos son imposibles sin una profunda comprensión de los fundamentos bahá'ís.
El gran énfasis en el carácter distintivo del Orden de Bahá'u'lláh no es para empequeñecer los sistemas existentes de gobierno. De hecho, deben ser reconocidos como el fruto de un vasto período de evolución en sociedad, representando una etapa avanzada del desarrollo de la organización social. Lo que nos motiva es el conocimiento de que la suprema misión de la Revelación de Bahá'u'lláh, el Portador de ese Orden, es, como señaló Shoghi Effendi, "nada menos que el logro de esa unidad orgánica y espiritual de todo el cuerpo de naciones", indicando la llegada a la "madurez de toda la raza humana". La implicación asombrosa de esto, es la posibilidad cercana de alcanzar una antigua esperanza, posibilitada ahora por fin con la venida de Bahá'u'lláh. En términos prácticos, Su misión señala el advenimiento de "un cambio orgánico en la estructura de la sociedad actual, un cambio semejante al cual el mundo no ha experimentado nada todavía". Es una nueva manifestación de la participación directa de Dios en la historia, la seguridad de que sus criaturas no han sido abandonadas, una señal de la emanación de una gracia celestial que posibilitará que toda la humanidad se libre por fin del conflicto y la contienda para ascender a las alturas de la paz mundial y la civilización divina. Por encima de todo lo demás, es una demostración de ese amor a Sus criaturas, que El conoció en la profundidad de Su "ser inmemorial" y en la "antigua eternidad" de Su Esencia, y que Le motivó a crearnos a todos. Entonces, en el sentido más noble, la atención a los requisitos de Su Orden Mundial es una reciprocidad de ese amor.

Esta perspectiva nos ayuda a comprender la cuestión de la libertad y su lugar en el pensamiento y la acción bahá'ís. La idea y el hecho de la libertad están presentes en todos los intereses humanos en infinidad de nociones y maneras. La libertad es de hecho esencial para todas las expresiones de la vida humana.
La libertad de pensamiento, la libertad de expresión, la libertad de acción están entre las libertades que han recibido la atención ardiente de los pensadores sociales a lo largo de los siglos. El flujo resultante de semejante pensamiento profundo ha ejercido una enorme influencia liberadora en la formación de la sociedad moderna. Generaciones de oprimidos han luchado y muerto en nombre de la libertad. Sin duda la falta de liberación de la opresión ha sido un factor dominante en el tumulto de los tiempos: véase la plétora de movimientos que han dado lugar a la rápida emergencia de nuevas naciones en la segunda mitad del siglo veinte. Una verdadera lectura de las enseñanzas de Bahá'u'lláh no deja duda alguna sobre la gran importancia de estas libertades para los procesos constructivos sociales. Consideren, por ejemplo, la Proclamación de Bahá'u'lláh a los reyes y gobernantes. ¿No puede deducirse sólo de esto que alcanzar la libertad es un propósito significativo de Su Revelación? Sus denuncias de la tiranía y sus apelaciones urgentes en nombre de los oprimidos constituyen una prueba inequívoca. ¿Pero, acaso la libertad anticipada por Su Revelación no implica manifestaciones más nobles y amplias de los logros humanos? ¿No indica una relación orgánica entre las realidades internas y externas del hombre, como no ha sido alcanzada hasta ahora?
En su resumen de enseñanzas bahá'ís significativas, Shoghi Effendi escribió que Bahá'u'lláh "inculca el principio de 'moderación en todas las cosas'; declara que cualquier cosa, ya sea 'libertad, civilización o cualquier otra' que trascienda los límites de la moderación', debe 'ejercer una influencia perniciosa sobre los hombres'; observa que la civilización occidental ha perturbado y alarmado gravemente a los pueblos del mundo; y predice que se aproxima el día en que la 'llama' de una civilización 'llevada al exceso' devorará las ciudades'".
Explicando el tema de la libertad, Bahá'u'lláh afirmó que "la personificación de la libertad y su símbolo es el animal"; que "la libertad hace que el hombre traspase los límites del decoro y viole la dignidad de su rango"; que "la verdadera libertad consiste en la sumisión del hombre a Mis mandamientos". "Aprobamos la libertad en ciertas circunstancias", declaró, "y rehusamos sancionarla en otras". Pero dio la seguridad de que "Si los hombres observaran aquello que les hemos enviado desde el Cielo de la Revelación, sin duda alcanzarían la perfecta libertad". Y de nuevo dijo, "La humanidad en su totalidad debe adherirse firmemente a todo lo que haya sido revelado y otorgado para ella. Entonces y sólo entonces alcanzará la verdadera libertad".
Las afirmaciones de Bahá'u'lláh claramente piden un examen de las suposiciones actuales. ¿Debería la libertad ser tan libre como se supone en el pensamiento contemporáneo occidental? ¿Dónde limita la libertad nuestras posibilidades de progreso y dónde las limitaciones nos liberan para prosperar? ¿Cuáles son los límites de la expansión de la libertad? Pues sus cualidades de aplicación y expresión son tan fluidas y elásticas que es fácil que el concepto de libertad, en cualquier situación dada, asuma una latitud diferente de una mente a otra; estas cualidades son, lamentablemente, susceptibles de ser utilizadas igualmente para el bien y para el mal. ¿Sorprende acaso que Bahá'u'lláh nos exhorte a la sumisión a la voluntad de Dios?
Debido a que cualquier visión constructiva de la libertad implica límites, resultan necesarias más preguntas: ¿Cuáles son las latitudes de la libertad en la comunidad bahá'í? ¿Cómo se deben determinar?... Como los seres humanos han sido creados para "llevar adelante una civilización en continuo progreso", se podría deducir que el ejercicio de la libertad está destinado a permitir a todos realizar este propósito en sus vidas individuales y en su funcionamiento colectivo como sociedad. Por ello todo lo que se requiera en principio para cumplir este propósito determina las latitudes o límites de la libertad.
Contemplando la advertencia de Bahá'u'lláh de que "todo lo que traspase los límites de la moderación dejará de ejercer influencia beneficiosa", llegamos a apreciar que el Orden Administrativo que El ha concebido abarca los principios operadores que son necesarios para el mantenimiento de esa moderación que asegurará la "perfecta libertad" de la humanidad. Considerando todas las cosas, ¿no parece ser el Orden Administrativo la estructura de libertad para nuestra Edad? 'Abdu'l-Bahá nos ofrece alivio en este pensamiento, pues El ha dicho que "la libertad moderada que garantiza el bienestar del mundo de la humanidad y mantiene y preserva las relaciones universales se encuentra en su pleno poder y extensión en las enseñanzas de Bahá'u'lláh".
Dentro de esta estructura de libertad se encuentra un modelo para el comportamiento institucional e individual que, para su eficacia, depende no tanto de la fuerza de la ley, que efectivamente debe ser respetada, sino del reconocimiento de una mutualidad de beneficios y del espíritu de cooperación mantenida por la voluntad, el coraje, el sentido de responsabilidad y la iniciativa de los individuos -siendo estas características expresiones de su devoción y sumisión a la voluntad de Dios. Así hay un equilibro de libertad entre la institución, ya sea nacional o local, y los individuos que sostienen su existencia.
Consideren, por ejemplo, la Asamblea Espiritual Local, los métodos de su formación y el papel que desempeñan los individuos al elegirla. El votante elige con la comprensión de que es libre de escoger, sin ninguna interferencia, a quienquiera le impulse su conciencia a seleccionar, y libremente acepta la autoridad del resultado. En el acto de la votación, el individuo suscribe un convenio mediante el cual se sostiene el orden de la sociedad. La Asamblea tiene la responsabilidad de guiar, dirigir y decidir en los asuntos de la comunidad y el derecho de ser obedecida y apoyada por los miembros de la comunidad. El individuo tiene la responsabilidad de establecer y mantener la Asamblea mediante elección, ofrecimiento de consejo, apoyo moral y asistencia material; y tiene el derecho de ser oído por ella, de recibir su guía y asistencia y de apelar contra cualquier decisión de Asamblea que en conciencia considere que es injusta o perjudicial para los intereses de la comunidad.
Pero ocuparse de la mecánica de la Administración Bahá'í por separado del espíritu animador de la Causa, conduce a una distorsión, a una secularización árida, ajena a la naturaleza de la Administración. Igualmente significativos para los procedimientos de la elección (para ampliar más el ejemplo) es la evocación de ese ambiente impregnado de oración y reflexión, esa dignidad silenciosa del proceso, libre de nominaciones y campañas electorales, en el que la libertad del individuo para escoger sólo está limitada por su propia conciencia, ejercida en privado en una actitud que invita a la comunión con el Espíritu Santo. En esta esfera, el elector considera el resultado como una expresión de la voluntad de Dios y a aquellos que resultan elegidos como responsables principalmente ante esa voluntad, no ante los que los eligieron. Una elección celebrada de esta manera refleja un aspecto de esa unidad orgánica de las realidades interna y externa de la vida humana que es necesario para la construcción de una sociedad madura en esta nueva Edad. En ningún otro sistema ejercen los individuos tal magnitud de libertad en el proceso electoral.

El equilibrio de responsabilidades que implica todo esto presupone madurez por parte de todos los implicados. Esta madurez tiene una analogía adecuada en el estado adulto de los seres humanos. ¡Qué significativa es la diferencia entre la infancia y la niñez, la adolescencia y el ser adulto! En un período de la historia dominado por la creciente energía, el espíritu rebelde y la actividad frenética de la adolescencia, es difícil captar los elementos distintivos de la sociedad madura a la que Bahá'u'lláh exhorta a toda la humanidad. Los modelos del viejo orden mundial nublan la vista de lo que se debe percibir; pues estos modelos fueron, en muchos casos, concebidos en rebeldía y retienen las características de las revoluciones peculiares de un período adolescente, aunque necesario, de la evolución de la sociedad humana. Las mismas filosofías que han provisto el contenido intelectual de tales revoluciones -Hobbes, Locke, Jefferson, Mill, vienen en seguida a la memoria- fueron inspiradas en protesta contra las condiciones opresoras que las revoluciones pretendían remediar.
Estas características son conspicuas, por ejemplo, en el escepticismo desmedido a la autoridad y, en consecuencia, en el respeto a regañadientes que muestran los ciudadanos de varias naciones hacia sus gobiernos; han llegado a ser pronunciadas en la promoción incesante del individualismo, a menudo a perjuicio de los intereses más amplios de la sociedad. ¡Qué adecuadamente dibujan el escenario contemporáneo, incluso después de medio siglo, los enfoques de Shoghi Effendi, transmitidos por su secretaria!: "Nuestra generación actual, debido principalmente a las corrupciones que han sido identificadas con las organizaciones, parece oponerse a cualquier institución. Se denuncia a la religión como institución. Se denuncia al gobierno como institución. Incluso se denuncia al matrimonio como institución. Nosotros los bahá'ís no debemos dejarnos cegar por tales nociones prevalecientes. Si fuera así, todas las Manifestaciones divinas no habrían nombrado invariablemente a alguien para sucederles.
Sin duda alguna, se introdujeron corrupciones en esas instituciones, pero estas corrupciones no se debían a la naturaleza misma de las instituciones sino a la falta de direcciones apropiadas sobre sus poderes y la naturaleza de su perpetuación. Lo que ha hecho Bahá'u'lláh no es eliminar todas las instituciones de la Causa sino proporcionar las medidas necesarias que eliminarían las corrupciones que hicieron caer a todas las instituciones anteriores. Lo que son esas medidas, es de lo más interesante para estudiar y averiguar y también de lo más esencial para saber".
Hacemos estas observaciones no para criticar ningún sistema, sino más bien para abrir líneas de pensamiento, alentar la reevaluación de las bases de la sociedad moderna y para engendrar una perspectiva desde la cual poder considerar los rasgos distintivos del Orden de Bahá'u'lláh. ¿Cuál, se podría preguntar, era la naturaleza de la sociedad que dió lugar a tales características y tales filosofías? ¿Adónde han conducido a la humanidad? ¿Su empleo ha satisfecho las necesidades y las expectativas del espíritu humano? Las respuestas a tales interrogantes podrían sentar el terreno para una observación comparativa del origen y naturaleza de las características y la filosofía que subyacen a este Orden.

En cuanto a la libertad de expresión, principio fundamental de la Causa, el Orden Administrativo proporciona canales y métodos únicos para su ejercicio y mantenimiento; éstos han sido descritos ampliamente en los escritos de la Fe, pero los amigos todavía no los comprenden claramente. Pues Bahá'u'lláh ha extendido el alcance y profundizado el significado de la autoexpresión. En Su elevación del arte y del trabajo realizados en servicio a la humanidad al rango de adoración, se pueden discernir enormes perspectivas para un nuevo nacimiento de expresión en la civilización anticipada por Su Orden Mundial. No se puede dudar de lo significativo que es este principio, ahora tan ampliado por el Señor de la Edad; pero donde se requiere urgentemente una comprensión cabal es en sus ramificaciones sobre la expresión. Desde un punto de vista bahá'í, el ejercicio de la libertad de expresión debe necesariamente estar disciplinada por una apreciación profunda de las dimensiones positivas y negativas de la libertad, por una parte, y de la expresión, por otra.
Bahá'u'lláh nos advierte que "la lengua es un fuego infernal, y el exceso de palabras un veneno mortal". "El fuego material consume el cuerpo", dice profundizando en el concepto, "mientras que el fuego de la lengua devora tanto corazón como alma. La fuerza de aquél dura sólo un tiempo, mientras que los efectos de éste duran un siglo". Al trazar la estructura de la libre expresión, El recomienda de nuevo la "moderación". "La expresión humana es una esencia que aspira a ejercer su influencia y necesita moderación", afirma, añadiendo, "En cuanto a su influencia, ésta está condicionada al refinamiento que a su vez depende de corazones que estén desprendidos y puros. En cuanto a su moderación, ésta tiene que combinarse con tacto y prudencia, como prescriben las Tablas y Escrituras Sagradas".
Relacionado también con lo que se dice y cómo se dice, es cuándo se dice. La expresión, como tantas otras cosas, tiene su momento. Bahá'u'lláh refuerza esta comprensión orientando la atención a la máxima que dice "No todo lo que un hombre sabe se puede decir, ni todo lo que puede decir se puede considerar como oportuno, ni toda expresión oportuna se puede considerar como adecuada a la capacidad de los que la escuchan".
La expresión es un fenómeno poderoso. Hay que alabar y también temer su libertad. Requiere el ejercicio agudo del juicio, pues tanto la limitación de la expresión como su exceso pueden conducir a consecuencias terribles. Por ello existen en el sistema de Bahá'u'lláh límites y equilibrios necesarios para los usos beneficiosos de esta libertad en el desarrollo de la sociedad hacia adelante. Un examen detenido de los principios de la consulta bahá'í y de las disposiciones formales e informales para emplearlos ofrece nuevas visiones de las dinámicas de la libertad de expresión.
Debido a que un examen más profundo de estos principios trascendería la magnitud de esta carta, baste con traer a la memoria brevemente algunos de los requisitos de la consulta, especialmente para aquellas personas que sirven en Asambleas Espirituales. El amor y la armonía, la pureza de intención, la humildad y la modestia entre los amigos, la paciencia y el aguante en las dificultades -éstas dotan a la actitud con la que proceden de "la máxima devoción, cortesía, dignidad, cuidado y moderación para expresar sus puntos de vista", cada uno usando "perfecta libertad", tanto al hacerlo como al "desvelar la prueba de su demostración". "Si otro le contradice, no debe excitarse porque si no hubiera investigación o verificación de temas y asuntos, no se descubriría ni se entendería el acuerdo". "La brillante chispa de la verdad surge sólo después del choque de opiniones diferentes" Si no se alcanza entonces la unanimidad, la decisiones se toman por voto mayoritario.
Una vez que se ha tomado una decisión, todos los miembros del cuerpo consultivo, habiendo tenido la oportunidad de expresar plenamente sus opiniones, se ponen de acuerdo enteramente para apoyar el resultado. ¿Qué pasa si la opinión de la minoría es la correcta? "Si se ponen de acuerdo en un asunto", ha explicado 'Abdu'l-Bahá, "aunque sea erróneo, es mejor que no ponerse de acuerdo y estar en lo cierto, pues esta diferencia producirá la demolición de la base divina. Aunque una de las partes pueda estar en lo cierto y no estén de acuerdo, eso será causa de mil errores, pero si están de acuerdo y ambas partes están equivocadas, como es en unidad, se revelará la verdad y se corregirá el error". En este enfoque de la utilidad social del pensamiento está implícita la profundidad del cambio en el nivel de discusión pública prevista por Bahá'u'lláh para una sociedad madura.
Las cualidades por las que el individuo puede alcanzar la disciplina personal necesaria para el éxito en la consulta encuentran su plena expresión en lo que Shoghi Effendi consideraba el "espíritu de un verdadero bahá'í". Piensen, por ejemplo, en el comentario encantador dirigido a su comunidad misma (la de ustedes) en una de sus primeras cartas: "Nada que no sea el espíritu de un verdadero bahá'í puede tener esperanzas de reconciliar los principios de misericordia y justicia, de libertad y sumisión, de la santidad del derecho del individuo y del autosacrificio, de vigilancia, discreción y prudencia, por un lado, y camaradería, franqueza y coraje, por otro". En esta ocasión les apelaba a la madurez y la distinción a las que repetidamente orientaba sus pensamientos.

Debido a que el objeto de nuestro anhelo es la Paz Mayor, un esfuerzo primario de la comunidad bahá'í consiste en reducir la incidencia del conflicto y la lucha, que están prohibidas categóricamente en el Libro Más Sagrado. ¿Significa esto que uno no puede expresar un pensamiento crítico? De ninguna manera. ¿Cómo se puede pedir franqueza en la consulta si no hay pensamiento crítico? ¿Cómo va a ejercer el individuo sus responsabilidades hacia la Causa, si no se le permite la libertad de expresar sus opiniones? ¿Acaso no ha dicho Shoghi Effendi que "en la raíz misma de la Causa se encuentra el principio del derecho indudable del individuo a la autoexpresión, su libertad de declarar su conciencia y presentar sus opiniones?
El Orden Administrativo proporciona canales de expresión de crítica, reconociendo, como principio, que "no sólo es el derecho, sino la responsabilidad vital de todo miembro leal e inteligente de la comunidad, de ofrecer plena y francamente, pero con debido respeto y consideración a la autoridad de la Asamblea, cualquier sugerencia, recomendación o crítica que en conciencia crea que deba hacer con objeto de mejorar y remediar ciertas condiciones o tendencias existentes en su comunidad local". Correspondientemente, la Asamblea tiene el deber de "considerar cuidadosamente toda opinión semejante que les sea presentada".
Aparte del acceso directo que uno tiene a su Asamblea, local o nacional, o a un Consejero o miembro del Cuerpo Auxiliar, hay ocasiones específicas para expresar las opiniones propias en la comunidad. La más frecuente de estas ocasiones para cualquier bahá'í es la Fiesta de Diecinueve Días que, "además de sus aspectos sociales y espirituales, cumple diversos requisitos y necesidades de la comunidad, destacando entre ellos la necesidad de deliberación y crítica abierta y constructiva sobre el estado de los asuntos dentro de la comunidad local". Al mismo tiempo, el consejo de Shoghi Effendi, transmitido por su secretaria, continúa para subrayar el punto de que "todas las críticas y discusiones de carácter negativo que pudieran llevar a minar la autoridad de la Asamblea como cuerpo deben ser estrictamente evitadas. Pues de lo contrario se pondrá en peligro el orden de la Causa misma, y reinarán la confusión y la discordia en la comunidad".
Entonces está claro que hay que tomar en cuenta mucho más que el mero derecho del crítico a la autoexpresión; también se tiene que preservar el espíritu unificador de la Causa de Dios, se tiene que salvaguardar la autoridad de sus leyes y ordenanzas, siendo la autoridad un aspecto indispensable de la libertad. El motivo, los modales y el modo pasan a estar implicados; pero también está la cuestión del amor: el amor al prójimo, amor a su comunidad, amor a sus instituciones.
En este contexto adquiere una importancia elemental la responsabilidad del individuo de comportarse de una manera que asegure la estabilidad de la sociedad. Pues a pesar de ser vital para el progreso de la sociedad, la crítica es una espada de doble filo: con demasiada frecuencia es presagio de conflicto y disputa. Los procesos equilibrados del Orden Administrativo están para evitar que esta actividad esencial degenere hacia cualquier forma de disentimiento que engendre oposición y sus fatales consecuencias cismáticas. Qué incalculables han sido los resultados negativos de la crítica malintencionada: en las divergencias catastróficas que ha creado en la religión, en las facciones igualmente contenciosas que ha producido en los sistemas políticos, que han dignificado el conflicto al institucionalizar conceptos tales como la "leal oposición" que atraen a una u otra de las diversas categorías de opinión política conservadora, liberal, progresista, reaccionaria y demás.
Si los individuos bahá'ís ignoran deliberadamente los principios contenidos en el Orden que Bahá'u'lláh Mismo ha establecido para remediar la división en la familia humana, la Causa por la que se ha sacrificado tanto, sin duda se verá obstaculizada en su misión de rescatar a la sociedad mundial de la desintegración completa. ¿No podríamos invocar una y otra vez la existencia del Convenio, para que tal repetición pueda mantener la perspectiva necesaria? Pues, en esta edad, la Causa de Bahá'u'lláh ha sido protegida contra los efectos nocivos del uso erróneo del proceso de la crítica; esto ha sido realizado por la institución del Convenio y por la provisión de un sistema administrativo universal que incorpora en su interior el mecanismo para extraer las ideas constructivas de los individuos y para usarlas para el beneficio de todo el sistema. Aconsejando a la gente que defendiera el propósito unificador de la Causa, Bahá'u'lláh, en el Libro de Su Convenio, les dirige estas profundas palabras: "Que los medios del orden no se conviertan en causa de confusión, y el instrumento de la unión no sea motivo de discordia". Tales palabras subrayan un punto crucial; es éste: En términos de Convenio, la disidencia es una contradicción moral e intelectual del objetivo principal que anima a la comunidad bahá'í, a saber, el establecimiento de la unidad de la raza humana.

Volvemos a las características fenoménicas de la expresión. Entre los factores críticos para determinar los efectos de la expresión para el bien o el mal está el contenido, el volumen, el estilo, el tacto, la prudencia y su carácter de oportuno. En consecuencia, los amigos necesitan ser siempre conscientes del significado de esta actividad que tanto distingue a los seres humanos de otras formas de vida y deben ejercerla juiciosamente. Sus esfuerzos en semejante disciplina dará a luz a una elegancia de expresión digna de la madurez cercana de la raza humana. De la misma manera que esta disciplina se aplica a la palabra hablada, se aplica igualmente a la palabra escrita; y afecta profundamente al funcionamiento de la prensa.
El significado y el papel de la prensa en un nuevo sistema mundial son conspicuos en el énfasis que el Orden de Bahá'u'lláh da a la accesibilidad a la información en todos los niveles de la sociedad. Shoghi Effendi nos dice que Bahá'u'lláh hace "referencia especial a 'los periódicos que están apareciendo rápidamente', los describe como 'el espejo del mundo' y como 'un fenómeno asombroso y potente', y prescribe a todos los que son responsables de su producción el deber de estar santificados de malicia, pasión y prejuicio, ser justos e imparciales, ser esmerados en sus investigaciones y averiguar los hechos ciertos de toda situación".
En su tratado social, El Secreto de la Civilización Divina, 'Abdu'l-Bahá ofrece claridad sobre la indispensabilidad de la prensa en la sociedad futura. Dice que es "urgente que se escriban artículos y libros provechosos, donde se establezcan clara y definitivamente cuáles son los requerimientos actuales de la gente y qué es lo que conducirá a la felicidad y al progreso de la sociedad". Además describe la "publicación de pensamientos elevados" como el "poder dinámico en las arterias de la vida", "el alma misma del mundo". Más adelante señala que "La opinión pública debe ser orientada hacia todo lo que sea digno de este día, y ello es imposible salvo a través del empleo de argumentos adecuados y la presentación de pruebas claras, comprensivas y concluyentes".
En cuanto al modo y estilo, Bahá'u'lláh ha exhortado a los "autores entre los amigos" a "escribir de una forma tal que sea aceptable a las almas imparciales y que no provoque reparos en la gente". Y formula un recordatorio: "Hemos dicho en el pasado que una palabra tiene la influencia de la primavera y hace que los corazones se vuelvan frescos y verdes, mientras que otra es como el añublo que hace que se marchiten los brotes y las flores".
A la luz de todo esto, el código de conducta de la prensa debe abrazar los principios y objetivos de la consulta como están revelados por Bahá'u'lláh. Sólo de esta manera podrá la prensa ofrecer su plena contribución a la conservación de los derechos de los pueblos y convertirse en un potente instrumento en los procesos consultivos de la sociedad y, por ello, para la unidad de la raza humana.

Algunos de los amigos han sugerido que la emergencia de la Fe de la oscuridad indica que ha llegado la hora de dejar de observar en la comunidad bahá'í ciertas restricciones; especialmente están preocupados con la necesidad provisional de la revisión antes de una publicación.
Que la Fe ha emergido de la oscuridad a escala global es cierto. Esto marca definitivamente una etapa triunfante en los esfuerzos de la comunidad por registrar su existencia en las mentes de aquellos que influyen en los eventos mundiales. Consideren cómo, debido a los sufrimientos y sacrificios de los amigos en Irán, las preocupaciones de la comunidad sobre estos temas ha llegado a convertirse en materia de discusión de los parlamentos más influyentes y los foros internacionales más importantes de la tierra. También es innegable que esta emergencia libera a la Causa para perseguir objetivos hasta ahora inalcanzables; pero que ello indique que la comunidad haya alcanzado la madurez anticipada es enteramente dudoso.
¿Cómo podría haber alcanzado la madurez, cuando sabemos por la clara guía del amado Guardián que la oscuridad no es más que una de la muchas etapas en la larga evolución hacia el destino de oro de la Fe? ¿No nos ha advertido a todos que la etapa subsiguiente de opresión debe preceder a las etapas de su emancipación y su reconocimiento como religión mundial? ¿Pueden olvidar los amigos la advertencia citada a menudo de 'Abdu'l-Bahá sobre la amarga oposición que confrontará a la Causa en numerosos países en todos los continentes? En el caso de los creyentes americanos, ¿no ha aludido Shoghi Effendi a esta próxima furia en su descripción de ellos como "el ejército invencible de Bahá'u'lláh, que en el Occidente y en uno de sus centros de tormenta potencial habrá de luchar, en Su nombre y por El, una de las batallas más feroces y gloriosas"?
Aquellos que están ansiosos por relajar todas las restricciones, que aducen la libertad de expresión como la razón para publicar todo y cualquier cosa sobre la comunidad bahá'í, que piden la terminación inmediata de la práctica de la revisión ahora que la Fe ha emergido de la oscuridad -¿no son conscientes de estas perspectivas sensatas? A pesar de lo extensa que ha sido la reacción pública contra las persecuciones actuales en Irán, que no haya ninguna duda sobre la inevitabilidad de la oposición a la que se deberán enfrentar todavía en muchos países, incluída aquella que es la Cuna del Orden Administrativo mismo.
La Fe está todavía en su infancia. A pesar de su emergencia de la oscuridad, todavía permanece ignorante de su existencia la vasta mayoría de la raza humana; además, la vasta mayoría de sus adherentes son bahá'ís relativamente nuevos. El cambio implicado por esta nueva etapa en su evolución es que mientras anteriormente esta tierna planta estaba protegida en su oscuridad de la atención de elementos externos, ahora ha quedado expuesta. Esta exposición invita a la observación detenida, y esa observación conducirá posteriormente a la oposición en diversos sectores. Así que, lejos de adoptar una actitud despreocupada, la comunidad debe ser consciente de la necesidad de presentar una visión correcta de sí misma y una comprensión correcta de su propósito ante un público en su mayoría escéptico. Con el fin de asegurar su protección contra la malicia del ignorante y la imprudencia de sus amigos, debe tenerse ahora mayor cuidado y ejercer un mayor esfuerzo.
Recordemos todos que el esfuerzo de la joven Fe de Dios por desarrollarse se encuentra acosada por el tumulto de la edad actual. Al igual que un tierno brote reciente apenas discernible sobre el suelo, debe ser nutrido para fortalecerse y madurar y ser apoyado tanto como sea necesario contra la plaga de fuertes vientos y enredos mortales de pinchos y malas hierbas. Si nosotros somos insensibles a su ternura, nosotros a cuyo cuidado ha sido confiada esta planta, el gran árbol que es su seguro potencial se verá obstaculizado en su crecimiento hacia la extensión de sus ramas como cobijo de toda la humanidad. Desde esta perspectiva debemos todos considerar el peligro latente para la Causa de las acciones desacertadas y las esperanzas exageradas; y especialmente debemos preocuparnos todos de los efectos de las palabras, especialmente las que se imprimen. Aquí es donde los autores y editoriales bahá'ís necesitan estar atentos y ejercer una autodisciplina rigurosa, además de cumplir los requisitos de revisión en esta etapa temprana del desarrollo de la Fe.

El derecho del individuo a la autoexpresión ha impregnado los comentarios de éstas páginas, pero aún así, se puede añadir una palabra sobre la libertad individual. La actitud fundamental de la Fe a este respecto se demuestra mejor con citas de 'Abdu'l-Bahá sobre la familia. "La integridad del lazo familiar", dice, "debe tenerse en cuenta constantemente y los derechos de sus miembros individuales no deben ser transgredidos.... Todos estos derechos y prerrogativas deben ser mantenidos, no obstante la unidad de la familia debe ser sostenida. El agravio de uno debe ser considerado como el agravio de todos; la comodidad de cada uno, como la comodidad de todos; el honor de uno, el honor de todos".
La relación del individuo con la sociedad la explica Shoghi Effendi al decir que "El concepto bahá'í de vida social está basado esencialmente en el principio de la subordinación de la voluntad del individuo a la de la sociedad. No reprime al individuo ni lo exalta hasta el punto de hacer de él una criatura antisocial, una amenaza para la sociedad. Como en todo, sigue el "justo medio'".
Esta relación, tan fundamental para el mantenimiento de la vida civilizada, requiere el máximo grado de comprensión y cooperación entre la sociedad y el individuo; y debido a la necesidad de fomentar un clima en que las potencialidades incontables de los individuos miembros de la sociedad puedan desarrollarse, esta relación debe permitir un "amplio margen" para que "la individualidad se pueda reafirmar" a través de modos de espontaneidad, iniciativa y diversidad que aseguren la viabilidad de la sociedad. Entre las responsabilidades asignadas a las instituciones bahá'ís que inciden directamente en estos aspectos de desarrollo y libertad del individuo se encuentra una descrita como tal en la Constitución de la Casa Universal de Justicia: "resguardar los derechos personales, la libertad y la iniciativa de los individuos". Como corolario aparece: "prestar atención a la conservación del honor humano".
Qué llamativo es que en el Orden de Bahá'u'lláh, al mismo tiempo que se subordina la voluntad individual a la de la sociedad, el individuo no está perdido en la masa sino que se convierte en objeto del desarrollo primario, de modo que pueda encontrar su propio lugar en el flujo del progreso, y la sociedad en general pueda beneficiarse de los talentos y habilidades acumulados de los individuos que la componen. Tal individuo encuentra realización de su potencial no meramente satisfaciendo sus propios deseos sino realizando su plenitud armonizándose con la humanidad y con el propósito ordenado divinamente para la creación.
La calidad de la libertad y de su expresión -de hecho, la capacidad misma de mantener la libertad en una sociedad- depende indudablemente del conocimiento y la formación de los individuos y de sus capacidades para afrontar los desafíos de la vida con ecuanimidad. Tal como ha escrito el amado Maestro: "Y el honor y la distinción del individuo consiste en esto, que entre todas las multitudes del mundo se convierta en fuente de bien social. ¿Acaso puede concebirse una munificencia mayor que ésta, que un individuo, mirándose a sí mismo, encontrara que mediante la gracia confirmadora de Dios se ha convertido en causa de paz y bienestar, de felicidad y progreso para sus congéneres? No, por el único Dios verdadero, no existe una bendición mayor, un placer más completo".

El espíritu de libertad que ha barrido el planeta con fuerza tan tempestuosa en décadas recientes es una manifestación de la vibración de la Revelación traída por Bahá'u'lláh. Sus propias palabras lo confirman. "La Antigua Belleza", escribió en un comentario conmovedor sobre Sus sufrimientos, "ha consentido ser encadenada para que la humanidad sea liberada de su cautiverio, y ha aceptado ser prisionera de esta poderosa Fortaleza para que todo el mundo logre la verdadera libertad".
¿No podríamos razonablemente concluir, entonces, que la "verdadera libertad" es Su regalo de amor a la raza humana? Consideren lo que ha hecho Bahá'u'lláh: Reveló leyes y principios para guiar a los libres; estableció un Orden para canalizar las acciones de los libres; proclamó un Convenio para garantizar la unidad de los libres.
Por ello, nos atenemos a esta última perspectiva: Bahá'u'lláh vino para liberar a la humanidad. Su Revelación es, de hecho, una invitación a la liberación -liberación del deseo, liberación de la guerra, libertad de unirse, libertad de progresar, libertad en paz y alegría.
Ustedes que viven en un país en que se valora tanto la libertad no tienen, pues, que prescindir de sus frutos, sino que tienen el desafío y la obligación de defender y vindicar la distinción entre la licenciosidad que limita sus posibilidades de auténtico progreso y la moderación que asegura el disfrute de la verdadera libertad.

(firmado)
La Casa Universal de Justicia







MEMORANDUM


A: La Casa Universal de Justicia

Fecha: 20 julio 1988

De:Comité Ad Hoc

Sobre: Relación entre el Creyente y las Instituciones de la Fe Bahá'í

El Comité ha estudiado algunas cuestiones sobre la relación entre el individuo creyente y las Instituciones de la Fe Bahá'í. Las cuestiones, muchas de las cuales derivan del contexto del pensamiento democrático liberal occidental, giran alrededor de tres temas principales: la naturaleza de los derechos y libertades personales dentro de la comunidad bahá'í, las garantías mediante las que se salvaguardan tales derechos, y los mecanismos apropiados para efectuar cambios en la comunidad. Ofrecemos el comentario siguiente.

1. LA NATURALEZA DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES PERSONALES
DENTRO DE LA COMUNIDAD BAHÁ'Í

EL CONCEPTO DE DEMOCRACIA

Dada la posición central del concepto de democracia para los temas que se tratan, es necesario examinar el grado de su importancia y su relación con la teoría que subyace en el Orden Administrativo bahá'í y los principios que gobiernan el funcionamiento de sus instituciones principales. La contribución de la democracia a la ideología y organización sociales es incuestionable. De hecho, 'Abdu'l-Bahá ensalzó algunos aspectos dignos de alabanza de la democracia americana, tales como la "libertad política", la "libertad de pensamiento y de expresión, la libertad religiosa, la libertad racial y personal"1, e identificó estas libertades con la inevitabilidad del "máximo progreso"2. No obstante, la alabanza del Maestro no debe interpretarse como una aprobación categórica del modo americano, ya que El también señaló algunas de las deficiencias de tal sistema, especialmente la falta de "civilización divina"3. De la misma manera, no debe darse por sentado que haya que abrazar la democracia americana actual como el método de funcionamiento del Orden Administrativo bahá'í. Con respecto a esto, Shoghi Effendi, el Guardián de la Causa de Dios, distinguió claramente entre democracia y sistema bahá'í de organización. El señala:
El orden administrativo que subyace en las enseñanzas de Bahá'u'lláh, y que los creyentes americanos han defendido y están ahora estableciendo, no debería, bajo ninguna circunstancia, identificarse con los principios que subyacen en las democracias actuales.4
El Orden Administrativo no sólo es distinto de "las democracias actuales"5, sino que, en palabras del Guardián, es:

[...] absolutamente engañoso pretender comparar este Orden único y divinamente concebido con cualquiera de los diversos sistemas que las mentes de los hombres... han ideado para el gobierno de instituciones humanas.6

El Orden administrativo es único "tanto en teoría como en la práctica"7. "Incorpora dentro de su estructura ciertos elementos"8 que se encuentran en las formas reconocidas de gobierno democrático, monárquico y aristocrático. "Funde los benéficos principios que se encuentran dentro de cada una de ellas, con las verdades espirituales en que está basado"9, al mismo tiempo que excluye las "características objetables que ellas inherentemente poseen".10
Con relación a los elementos democráticos del Orden Administrativo bahá'í, destacan entre ellos "las leyes que establecen la elección por sufragio universal de todas las Casas de Justicia locales, nacionales e internacional"11, "su inclinación hacia métodos democráticos en la administración de sus asuntos"12, y la existencia de las Declaraciones de la Estatutos de la Casa Universal de Justicia y de las Asambleas Nacionales y Locales, que establecen la "base constitucional"13 de la comunidad bahá'í mundial. Sin embargo, es importante notar que "esta Dispensación carece del postulado básico según el cual todas las democracias, para la obtención de su mandato, dependen fundamentalmente del pueblo".14 No solamente derivan las instituciones su autoridad y legitimidad de la Revelación de Bahá'u'lláh, sino que los miembros de la Casa Universal de Justicia y de hecho, de las Asambleas Nacionales y Locales también, son responsables por sus acciones ante Dios en primer lugar. Ellos:

[...] no son responsables ante aquellos a quienes representan, ni les está permitido atenerse a los sentimientos, a la opinión general, ni aún a las convicciones de las masas de fieles o de aquellos que los eligen directamente. En actitud de oración, deben seguir los dictados y los impulsos de su conciencia. Ellos pueden, más bien deben, enterarse de las condiciones prevalecientes dentro de la comunidad, pesar desapasionadamente en sus mentes el fondo de cualquier asunto presentado a su consideración, pero han de reservarse el derecho de dar un fallo libre de toda influencia.15

En el Orden Administrativo de la Fe de Bahá'u'lláh, a pesar de que la autoridad está conferida a las instituciones democráticamente elegidas, en vez de estar directamente en manos del pueblo, existen protecciones internas para evitar que "este Orden único"16 degenere "en forma alguna de despotismo, oligarquía o demagogia".17 La Constitución de la Casa Universal de Justicia, por ejemplo, estipula claramente que ese Cuerpo ha de ser "el expositor y guardián"18 de la "Justicia Divina"19, con la responsabilidad de "asegurar que ningún cuerpo o institución dentro de la Causa abuse de sus privilegios o se debilite en el ejercicio de sus derechos y prerrogativas".20


DERECHOS Y LIBERTADES

La lucha entre libertad y autoridad, que es la base de las preocupaciones sobre la naturaleza de los derechos y libertades personales dentro de la comunidad bahá'í, es un tema fundamental en los asuntos humanos. En tiempos pasados, la libertad y los derechos tenían que ser arrebatados a dirigentes opresivos. En las democracias liberales, la protección se busca mediante garantías constitucionales y otras leyes. En ambos casos, la actitud es confrontante, y en buena medida el énfasis se sitúa en asegurar y garantizar los medios de comodidad y desarrollo materiales. De la misma manera que el concepto de democracia necesita ser reevaluado, los que hereden la tradición liberal tienen el desafío de examinar, a la luz de las enseñanzas bahá'ís, las bases de sus suposiciones que muy probablemente, debido a la costumbre, les parezcan "autoevidentes y autojustificadas"21, con objeto de llegar a un concepto de libertad consistente con el ideal de una sociedad bahá'í.
El concepto de derechos y libertades encuentra nuevo significado dentro del contexto bahá'í. La libertad defendida en las Escrituras bahá'ís se encuentra en el concepto de la "verdadera libertad"22 que consiste, paradójicamente, en la sumisión del hombre a los mandamientos de Dios. Preserva la "dignidad de su posición"23 y da lugar a un sentido perdurable de felicidad mediante su comprensión del propósito de la voluntad divina y su servicio a Dios y a la humanidad. La libertad que está definida en las Enseñanzas tiene implicaciones que van más allá del individuo. En palabras de 'Abdu'l-Bahá, es una "libertad moderada"24 que "garantiza el bienestar del mundo de la humanidad, y que mantiene y preserva las relaciones universales".25
Al mismo tiempo que presentan los medios de alcanzar la "perfecta libertad"26, las Enseñanzas establecen los límites del comportamiento humano aceptable y exigen una norma de madurez y autogobierno por parte del individuo. También definen algunos derechos personales, tales como el "indudable derecho del individuo a la autoexpresión, su libertad de declarar su conciencia y presentar sus puntos de vista"27, "un mismo patrón de derechos humanos"28 y prevén una futura "mancomunidad mundial en la que... la libertad individual y la iniciativa de los individuos que la componen estén definitiva y completamente salvaguardadas".29
Los derechos personales y la libertad individual son fundamentales para la vida comunitaria bahá'í. Sin embargo centrarse exclusivamente en este aspecto de la Fe conduciría a equívocos puesto que las Enseñanzas constituyen una matriz que define y unifica no sólo las complejas interrelaciones entre los principios bahá'ís mismos, sino también entre el creyente individual y las Instituciones. Shoghi Effendi en una carta escrita de su parte comentó lo siguiente:

Se podría comparar las enseñanzas de Bahá'u'lláh con una esfera; hay puntos que distan entre sí como un polo a otro, y entre ellos están los pensamientos y doctrinas que los unen. Creemos en un equilibrio en todas las cosas; creemos en la moderación en todas las cosas -no debemos ser demasiado emocionales, ni sistemáticos y carentes de sentimiento, no debemos ser tan liberales como para dejar de conservar el carácter y la unidad de nuestro sistema bahá'í, ni fanáticos y dogmáticos...30

El equilibrio es el distintivo del concepto bahá'í de vida social. Sigue el "justo medio". Al mismo tiempo que no suprime al individuo ni lo exalta "hasta el punto de hacer de él una criatura antisocial",31 subordina la voluntad del individuo a la de la sociedad. A pesar de que los intereses individuales están "salvaguardados dentro de ciertos límites",32 su contrapeso es la unidad y el bienestar del grupo.
Shoghi Effendi establece los parámetros para la acción unificada dentro del escenario social. El escribió:

La libertad sin trabas del individuo debe temperarse con consulta mutua y sacrificio, y el espíritu de iniciativa y de empresa debe reforzarse con una conciencia más profunda de la suprema necesidad de tener acción concertada y una devoción mayor al bien público.33

Una carta escrita de parte del Guardián aconseja además a los creyentes a:

[...] reprimir (su) individualismo cuando... (estén) enfrentados a problemas y asuntos que afecten el bienestar general de la Causa. Puesto que la vida comunitaria bahá'í implica una conciencia de solidaridad de grupo lo suficientemente fuerte para capacitar a cada individuo para abandonar lo que es esencialmente personal por el bien público.34

Y se destaca la importancia de la consulta:

El principio de la consulta, el cual constituye una de las leyes básicas de la Administración, debe ser aplicado a todas las actividades bahá'ís que afecten a los intereses colectivos de la Fe, pues es a través de la cooperación y el continuo intercambio de pensamientos y opiniones, que la Causa puede mejor salvaguardar y fomentar sus intereses. La iniciativa individual, la habilidad y los recursos personales, aunque indispensables son, a menos que estén sostenidos y enriquecidos por las experiencias colectivas y la sabiduría del grupo, absolutamente incapaces de lograr tan enorme tarea.35

2. PROVISIONES ADMINISTRATIVAS PARA GARANTIZAR LOS
DERECHOS INDIVIDUALES

Las cuestiones sobre la existencia de provisiones administrativas para garantizar los derechos individuales dan pie a dos tipos de asuntos: El primero trata de la forma de corregir instituciones que funcionen mal, una preocupación que sin duda nace de la experiencia con organizaciones sociales decadentes e insensibles; el segundo trata de maneras de asegurar el proceso debido en los casos de supuesta infracción de la ley bahá'í.


EL PROCESO DE APELACIÓN

El tipo de libertad elogiado por Bahá'u'lláh es aquél "que es fruto y resultado de la ley y la administración correcta".36 La libertad de autoexpresión y los derechos e iniciativas personales del individuo están por tanto garantizados por la práctica y la aplicación de la ley bahá'í y las acciones de las Instituciones elegidas de la Causa, cuyos miembros "están motivados por un auténtico sentido de amor a su prójimo emparejado a una firme determinación de actuar con justicia en todos los casos que les sean sometidos para su consideración".37
Subrayando la inviolabilidad de los derechos del individuo, el Guardián dijo en una carta escrita de su parte:

Siempre que haya cualquier violación de derechos bahá'ís, o error en el procedimiento correcto, los amigos deben tratar el asunto con la Asamblea implicada, y, si no se sienten satisfechos, entonces con la asamblea Espiritual Nacional. Esto es tanto su privilegio como su deber.38

Una de las formas de conseguir justicia individual y, al mismo tiempo, de contribuir al nivel más maduro de funcionamiento de las instituciones elegidas es el proceso de apelación. Se pueden apelar las decisiones de la Asamblea Local a la Asamblea Nacional, y las decisiones de la Asamblea Nacional a la Casa Universal de Justicia. Sin embargo a la espera de la resolución de la apelación, el creyente ha de aceptar la decisión de su Asamblea, en espíritu de unidad.
Los procedimientos para la apelación están codificados y establecidos detalladamente en La Constitución de la Casa Universal de Justicia*. Este mismo documento, caracterizado por Shoghi Effendi como "la Más Grande Ley",39 estipula que la Casa Universal de Justicia tiene "derecho a revisar cualquier decisión o acción de cualquier Asamblea Espiri-tual, Nacional o Local, y de aprobar, modificar o revocar dicha decisión o acción".40 También retiene "el derecho de intervenir en cualquier asunto en el que una Asamblea Es-piritual esté fracasando en tomar medidas o en llegar a una decisión y, según lo estime, requerir que tomen medidas, o tomar ella misma medidas directamente en el asunto".41 El derecho a revisar ejercido a la discreción de la Casa Universal de Justicia es un mecanismo seguro para afrontar las principales formas de mal funcionamiento institucional.


EL PROCEDIMIENTO LEGAL

Con respecto a la naturaleza del procedimiento legal dentro de la comunidad bahá'í, las cuestiones son específicamente sobre los procedimientos administrativos a seguir en casos de presunta violación de la ley bahá'í. El concepto de procedimiento legal, en el sentido de un principio legal que puede incorporarse en una constitución y que requiere que el gobierno trate a la gente de manera justa, está claramente contenido en el principio bahá'í de "justicia Divina",42 un principio caracterizado como "la mayor distinción de todas las Asambleas Locales y Nacionales".43 También está implícito en las cualidades de rectitud de conducta a ser manifestadas "en todo veredicto que los representantes elegidos de la comunidad bahá'í... sean llamados a dictar".44
El término "procedimiento legal" se usa también para indicar una serie de procedimientos legales diseñados para proteger los derechos de personas acusadas de crímenes. Estos procedimientos varían de un lugar a otro y pueden reflejar la ideología política prevaleciente. El Orden Administrativo no ha adoptado una serie formal de procedimientos a ser aplicados de forma universal en la comunidad bahá'í para tratar infracciones de la ley bahá'í. En lugar de ello, la Asamblea Espiritual en su operación es guiada y obligada por las Enseñanzas y comprometida a proteger y preservar los derechos tanto del individuo como de la comunidad. Por ello, si bien no hay un procedimiento fijo para descubrir los hechos necesarios para sentenciar un caso, por principio, antes de emitir juicio, las Asambleas tienen que informarse, mediante los medios de que ellos mismos dispongan, de los hechos de cualquier caso. El objetivo principal no es condenar y castigar al individuo sino ayudarle, si fuera necesario, para lograr que su comportamiento se ajuste a las Enseñanzas y también proteger a la comunidad.
Existen líneas de guía administrativas generales adicionales que guían las acciones de las Asambleas. Por ejemplo, Shoghi Effendi, en una carta escrita de su parte a una Asamblea Espiritual Nacional, indicó:

Se debe estudiar cuidadosamente la situación e investigar concienzudamente todos sus aspectos, y llegar a una decisión y llevarla a cabo inmediata e intrépidamente. Demasiado retraso no sólo daña los intereses del interesado sino que, además, tendrá el efecto de minar la autoridad y el prestigio de su Asamblea.45

En una carta dirigida a otra Asamblea Nacional, la secretaria del Guardián, escribiendo de su parte, aconseja a la Asamblea "mantener ante su vista el equilibrio especificado por Bahá'u'lláh Mismo, en otras palabras, justicia, recompensa y retribución"46. Y concluye:

Aunque la Causa es todavía joven y tierna, y muchos de los creyentes carecen de experiencia, y por ello se requiere a menudo paciencia amorosa en vez de medidas duras, esto no significa que una Asamblea Espiritual Nacional pueda bajo ninguna circunstancia tolerar la conducta deshonrosa, escandalosamente contraria a nuestras Enseñanzas, por parte de ninguno de sus miembros... Ustedes deben estar vigilantemente alertas y proteger los intereses de la Comunidad Bahá'í, y en el momento que vean que cualquiera de los bahá'ís... esté actuando de una manera que traiga deshonra para el nombre de la Fe, advertirles, y, si fuera necesario, privarles inmediatamente de sus derechos administrativos si se negaran a cambiar sus prácticas. Sólo de esta manera puede conservarse la pureza de la Fe. Medidas débiles y de compromiso sólo oscurecerán la visión de sus seguidores, socavarán su fuerza, la rebajarán a los ojos del público y evitarán que haga ningún progreso.47

3. EFECTUANDO CAMBIOS EN LA COMUNIDAD BAHÁ'Í

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Las cuestiones referentes a los medios apropiados de efectuar cambios dentro de la comunidad bahá'í sondean los límites de la libertad de expresión en su relación con la crítica de la Asamblea Espiritual Nacional y su política, y el proceso electoral bahá'í.
El Maestro veía el cambio como "una cualidad necesaria y un atributo esencial de este mundo, y del tiempo y el lugar".48 Al mismo tiempo que las Instituciones tienen la responsabilidad de guiar la dirección del desarrollo de la Fe, se alienta al creyente individual a "desarrollar una verdadera conciencia social y a adquirir un verdadero sentido de responsabilidad en asuntos que afecten a los intereses de la Causa",49 convirtiéndose así en "un miembro activo y bien informado de la Comunidad Bahá'í en la que viva".50
El individuo no sólo es libre de ofrecer sus opiniones a la Asamblea Espiritual, sino que tiene la responsabilidad de hacerlo. Y, por su parte, la Asamblea debe prestar consideración madura a los comentarios del creyente. En el ejercicio de esta libertad, al creyente le afectan algunos principios. Por ejemplo, en una carta de su parte, Shoghi Effendi dice:

Los bahá'ís tienen todo el derecho de dirigir críticas a sus asambleas; pueden exponer libremente ante la asamblea, local o nacional, sus opiniones acerca de decisiones o miembros individuales de los cuerpos elegidos, pero entonces deben aceptar de todo corazón el consejo o la decisión de la asamblea, de acuerdo con los principios ya establecidos para tales asuntos en la administración bahá'í.51

En otra carta escrita de su parte, el Guardián subraya la importancia de llevar asuntos de importancia directamente a la Institución en vez de a sus miembros individualmente o a otras personas que no tengan función institucional. Así:

Si no estamos de acuerdo con sus decisiones debemos tener cuidado de evitar discutir tales asuntos con otros creyentes que no tengan autoridad de arreglarlas. Debemos presentar nuestras opiniones de manera franca a la Asamblea misma...52

Además, el Guardián subraya la necesidad de defender la autoridad de la Asamblea. La carta siguiente escrita de su parte pone el tema en perspectiva. A pesar de que la carta trata específicamente sobre la relación entre el creyente y la Asamblea Local, la guía se aplica igualmente a la interacción del bahá'í con la Asamblea Espiritual Nacional. Dice así:
[...] no sólo es el derecho, sino la responsabilidad vital de todo miembro leal e inteligente de la Comunidad ofrecer de forma plena y franca, pero con el debido respeto y consideración a la autoridad de la Asamblea, cualquier sugerencia, recomendación o crítica que en conciencia piense que deba hacer con objeto de mejorar o remediar ciertas condiciones o tendencias existentes en su Comunidad local, y es también el deber de la Asamblea dar consideración cuidadosa a cualquier opinión de esta índole presentada a ellos por cualquiera de los creyentes...
Pero... debería subrayarse que deben ser estrictamente evitadas todas las críticas y discusiones de carácter negativo que pudieran tener como resultado el minar la autoridad de la Asamblea como institución. Pues de lo contrario el orden de la Causa misma se pondrá en peligro, y reinarán la confusión y la discordia en la Comunidad.53

Hay muchos canales disponibles para que los creyentes expresen sus opiniones y preocupaciones sobre temas que afecten a la comunidad bahá'í. La parte consultiva de la Fiesta de Diecinueve Días, por ejemplo, provee una ocasión para la "crítica y deliberación abierta y constructiva sobre el estado de los asuntos dentro de la comunidad bahá'í local".54 Otras vías para la expresión de opiniones se proveen en Convenciones y conferencias, mediante correspondencia dirigida a las Asambleas, la publicación de artículos en cartas de noticias y revistas bahá'ís, y en consulta con Consejeros o miembros del Cuerpo Auxiliar.
Una carta reciente escrita de parte de la Casa Universal de Justicia establece las condiciones que gobiernan la autoexpresión del individuo. Dice así:

Al hacer uso de su privilegio de contribuir a la consulta en... reuniones o publicaciones, los bahá'ís están obligados a tener cortesía y consideración hacia otros, a tener un tono moderado y no insistir en lo correcto de sus opiniones; no obstante, tales condiciones no deberían excluir la expresión franca de opiniones discrepantes. Bahá'u'lláh ha prohibido el "conflicto" y la "disputa"; la disputa abierta en público sobre asuntos de las enseñanzas bahá'ís es un medio inadecuado de clarificar temas difíciles. Puede ser extremadamente dañino para los intereses de la Fe si los bahá'ís que tengan opiniones enérgicas pero no estén bien versados en las enseñanzas publican documentos que ataquen principios básicos de la Fe o minen la autoridad de Bahá'u'lláh Mismo. Existe un amplio terreno dentro de los canales del Orden Administrativo para plantear y discutir cuestiones de una forma que evite la disputa.55

Esta misma carta trata también la cuestión de la revisión de publicaciones por parte de Instituciones elegidas. Pre-senta la siguiente clarificación:

[...] en esta etapa todas las obras de bahá'ís que hagan referencia a la Fe, tales como libros, folletos, artículos y traducciones, han de ser aprobadas por la Asamblea Espiritual antes de su publicación. El Guardián ha dicho que el propósito de la revisión es el de: "proporcionar en general una presentación digna y exacta de toda la literatura bahá'í y su distribución al público". Describió esta práctica como necesaria "en estos días en que la Causa está todavía en su infancia" y previó un tiempo futuro en que "las restricciones actuales impuestas sobre la publicación de literatura bahá'í será abolida definitivamente". Estas restricciones están sometidas a la abolición por la Casa Universal de Justicia cuando estime que el tiempo es propicio.56

Además de las iniciativas que tomen los creyentes para presentar a la atención de la Asamblea opiniones o quejas sobre problemas en la comunidad bahá'í o ideas o sugerencias encaminadas a promover el avance de la Fe, las Asambleas Espirituales Nacionales mismas están "llama-dos a iniciar, dirigir y coordinar los asuntos de la Causa de Dios",57 y están encargados de asegurar "el desarrollo armonioso y eficiente de la actividad bahá'í, dentro de sus respectivas esferas".58 Para desempeñar estas funciones hay muchos métodos disponibles para la Asamblea, por ejemplo, podría pedir consejo del Cuerpo Continental de Consejeros, solicitar recomendaciones de los delegados, y de las Asambleas Locales e individuos desde las bases de la comunidad. También puede la Asamblea Nacional (o Local) consultar con expertos, bahá'ís y no bahá'ís o convocar a un grupo de creyentes para ofrecer recomendaciones sobre temas problemáticos y sugerencias sobre áreas con proyectos de cambio. El objetivo de todas las actividades de este tipo por parte de las Asambleas es no sólo "invitar a la discusión, ventilar quejas",59 y "dar la bienvenida a consejos",60 sino también "fomentar el sentido de interdependencia y coparticipación, de comprensión y confianza mutua entre ellas y otros bahá'ís".61


ELECCIONES BAHÁ'ÍS

También se presentaron varias cuestiones sobre los medios de obtener cambios en los miembros de la Asamblea Espiritual Nacional, con vistas a asegurar una representación más amplia de los diversos elementos que existan dentro de la población de la que provienen los miembros.
Los principios generales que se aplican a las elecciones bahá'ís están resumidas en La Constitución de la Casa Universal de Justicia, así:

Con la finalidad de preservar el carácter y propósito espirituales de las elecciones Bahá'ís se evitarán las prácticas de nominación o propaganda electoral, o cualquier otro procedimiento o actividad perjudicial para dicho carácter y propósito. Durante la elección prevalecerá una atmósfera silenciosa y de oración para que cada elector pueda votar únicamente por aquellos a quienes la oración y la reflexión le han inspirado a apoyar.62
La absoluta libertad de elección del elector es sumamente apreciada. "Constituye el aspecto distintivo y la superioridad marcada de los métodos electorales bahá'ís por encima de aquellos asociados comúnmente con partidos y facciones políticas".63 Sin embargo Shoghi Effendi alienta a los amigos a "conocerse muy bien unos a otros[...] y discutir entre ellos los requisitos y calificaciones de los miembros".64 También subrayó que no debía hacerse ninguna referencia "por muy indirecta que sea"65 a "individuos en particular"66 y advirtió que deberíamos "evitar influir en las opiniones de otros".67
Lo deseable del cambio de miembros de Asamblea está reconocido claramente, pues "sangre nueva siempre aumenta la energía del grupo"68. Sin embargo, como no se permite influir en la opinión del votante y las elecciones son por voto secreto, la selección de nuevos miembros "depende enteramente de la voluntad de los delegados como se refleje en el resultado de su votación".69
Existen pasos que las Instituciones pueden dar legítimamente para dirigir la atención hacia el valor del cambio periódico en los miembros de Asamblea. Tales medidas incluyen la educación del electorado en todos los aspectos de las elecciones bahá'ís incluido lo deseable del cambio, y el nombramiento de Comités por parte de las Asambleas Espirituales "con la mirada puesta en la mejoría y el cambio".70
Con relación a la necesidad de lograr que los miembros de una Asamblea Espiritual Nacional sean representativos de la población de la que proviene, una carta escrita por la Casa Universal de Justicia a una Asamblea Espiritual Nacional provee la siguiente clarificación. Dice así:

El concepto de que los individuos miembros de la Asamblea Espiritual Nacional "representan" regiones del país o elementos de la población de la que provienen es totalmente ajeno al espíritu de la administración bahá'í. La Asamblea Espiritual Nacional como un cuerpo y cada uno de sus miembros individualmente representan a toda la comunidad bahá'í[...].71

Y en una carta anterior la Casa de Justicia aconsejó que:

Si bien se debería educar a los bahá'ís para ofrecer toda oportunidad posible a los miembros de grupos minoritarios para servir a la Fe, el amado Guardián nos manda tener en cuenta que "La fuerza y progreso de la Comunidad Bahá'í depende de la elección de almas puras, fieles y activas."72


1 The Promulgation of Universal Peace: Talks Delivered by 'Abdu'l-Bahá during His Visit to the United States and Canada in 1912, 2nd ed. (Wilmette: Bahá'í Publishing Trust, 1982), pág. 390.
2 Ibid, pág. 197.
3 Ibid, pág. 104.
4 En letra de Shoghi Effendi añadido al final de una carta fechada el 18 de noviembre de 1933 escrita de su parte a una Asamblea Espiritual Nacional.
5 Ibid.
6 La Dispensación de Bahá'u'lláh, (Buenos Aires: EBILA, 1973), pág. 81.
7 Ibid, pág. 81.
8 Ibid, pág. 82.
9 Ibid, pág. 84.
10 Ibid, pág. 82.
11 Ibid, págs. 83-84.
12 Ibid, pág. 84.
13 Bahá'í Administration: Selected Messages 1922-1932 (rev. ed.), (Wilmette: Bahá'í Publishing Trust, 1980), pág. 135.
14 La Dispensación de Bahá'u'lláh, pág. 82.
15 Ibid, págs. 82-83.
16 Ibid, pág. 84.
17 Ibid, pág. 85.
18 La Constitución de la Casa Universal de Justicia (Buenos Aires: EBILA, 1975), pág. 6.
19 Ibid, pág. 6.
20 Ibid, pág. 6.
21 John Stuart Mill, On Liberty, en Man and the State: The Political Philosophers, editado por Saxe Commins y Robert N. Linscott (New York: Modern Pocket Library, 1953), pág. 140.
22 Sinopsis y Codificación de las Leyes y Ordenanzas del Kitáb-i-Aqdas, (Buenos Aires, EBILA, 1973), pág. 24.
23 Ibid, págs. 23-24.
24 Seleccion de los Escritos de 'Abdu'l-Bahá (Buenos Aires: EBILA, 1987), pág. 310.
25 Ibid, pág. 310.
26 Sinopsis y Codificación de las Leyes y Ordenanzas del Kitáb-i-Aqdas, (Buenos Aires, EBILA, 1973), pág. 24.
27 Bahá'í Administration: Selected Messages 1922-1932, pág. 63.
28 'Abdu'l-Bahá en Bahá'í World Faith (Wilmette: Bahá'í Publishing Trust, 1976), pág. 240.
29 El Desenvolvimiento de la Civilización Mundial (Buenos Aires: EBILA, 1972), págs. 68-69.
30 De una carta del 5 de julio de 1947 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente.
31 De una carta del 21 de noviembre de 1935 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente.
32 De una carta del 26 de junio de 1936 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente.
33 Bahá'í Administration: Selected Messages 1922-1932, pág. 87.
34 De una carta del 31 de mayo de 1934 escrita de parte de Shoghi Effendi a dos creyentes.
35 De una carta del 30 de agosto de 1933 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente. Recopilación La Consulta (Buenos Aires: EBILA, 1986), pág. 40.
36 De una carta del 30 de agosto de 1930 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente, citado en U.S. Bahá'í News, número 46, pág. 9)
37 De una carta del 9 de marzo de 1934 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente.
38 De una carta del 10 de julio de 1942 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente.
39 De una carta del 4 de junio de 1934 escrita por Shoghi Effendi a la Asamblea Espiritual Nacional de Irán.
40 La Constitución de la Casa Universal de Justicia, pág. 16.
41 Ibid, pág. 14.
42 El Advenimiento de la Justicia Divina (Buenos Aires: EBILA, 1972), pág. 43.
43 Ibid, pág. 43.
44 Ibid. pág. 42.
45 De una carta del 12 de agosto de 1935 escrita de parte de Shoghi Effendi a una Asamblea Espiritual Nacional.
46 De una carta del 14 de agosto de 1957 escrita de parte de Shoghi Effendi a una Asamblea Espiritual Nacional.
47 Ibid.
48 'Abdu'l-Bahá, en Wellspring of Guidance: Messages 1963-1968 (Wilmette: Bahá'í Publishing Trust, 19976), pág. 84.
49 The Light of Divine Guidance: The Messages from the Guardian of the Bahá'í Faith to the Bahá'ís of Germany and Austria Hofheim-Langenhain: Bahá'í-Verlag, 1982), pág. 68.
50 Ibid, pág. 68.
51 De una carta del 13 de mayo de 1945 escrita de parte de Shoghi Effendi, publicada en la Recopilación La Asamblea Espiritual Nacional (Buenos Aires: EBILA, 1983), pág. 44.
52 De una carta del 4 de marzo de 1925 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente.
53 De una carta del 13 de diciembre de 1939 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente.
54 Ibid.
55 De una carta del 11 de enero de 1988 escrita de parte de la Casa Universal de Justicia a un creyente.
56 Ibid.
57 La Constitución de la Casa Universal de Justicia, pág. 12.
58 Dios Pasa (Buenos Aires: EBILA, 1977), pág. 316.
59 La Constitución de la Casa Unviersal de Justicia, pág. 12.
60 Ibid, pág. 12.
61 Ibid, pág. 12.
62 Ibid, pág. 16.
63 The Light of Divine Guidance, pág. 67.
64 Shoghi Effendi, en Principios de Administración Bahá'í: Una Recopilación (Buenos Aires: EBILA, 1978), pág. 54.
65 Ibid, pág. 54.
66 Ibid, pág. 54.
67 Ibid, pág. 54.
68 De una carta del 27 de abril de 1932 escrita de parte de Shoghi Effendi a un creyente.
69 Ibid.
70 De una carta del 31 de marzo de 1945 escrita de parte de Shoghi Effendi a una Asamblea Espiritual Nacional.
71 De una carta del 10 de junio de 1987 escrita de parte de la Casa Universal de Justicia a una Asamblea Espiritual Nacional.
72 De una carta del 25 de enero de 1972 escrita de parte de la Casa Universal de Justicia a una Asamblea Espiritual Nacional.
* (Haifa: Bahá'í World Centre, 1972). Véase páginas 14-15.

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