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Prevention de Discriminaciones y Protection a las Minorias Bahá'í
International Community

Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías

Declaración de la Comunidad Internacional Bahá'í en el cuadragésimo
período de sesiones de la Subcomisión de las Naciones Unidas de Prevención
de Discriminaciones y Protección a las Minorías
Sexto período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas

Tema 5 del programa: Actividades normativas:
Evolución de las normas relativas a los derechos de las poblaciones
indígenas

Ginebra
1 a 5 de agosto de 1988




Señora Presidenta,

En este período de sesiones, el Grupo de Trabajo ha empezado una nueva
temporada en cuanto a sus esfuerzos. Después de seis años de examen
cuidadoso de los problemas y temas concretos con los cuales se enfrentan
los pueblos indígenas y sus gobiernos, el Grupo de Trabajo está preparado
para comenzar la redacción de una declaración internacional que
salvaguarde los derechos y promueva el estatuto de los pueblos indígenas.
A lo largo de esos seis años, los miembros del Grupo de Trabajo, y de las
numerosas organizaciones indígenas que han contribuido en las actividades
del mismo, han mostrado una gran dedicación, sinceridad y buena voluntad
al proseguir con sus tareas. Sus esfuerzos están a punto de dar frutos.

La Comunidad Internacional Bahá'í la felicita a Usted, Señora Presidenta,
por la preparación de un proyecto bien concebido de un conjunto de
principios sirviendo de punto de partida para la discusión. Quisiéramos
hacer unos comentarios sobre dichos principios, sobre el contenido de una
declaración concerniente a los derechos de los indígenas y sobre el
procedimiento de redacción de la declaración.

Para empezar, pensamos que cualquier declaración concerniente a los
derechos de los pueblos indígenas debe enfatizar cuatro principios
mayores: primero, el respeto por las comunidades indígenas y sus culturas;
segundo, el aprecio por la diversidad cultural; tercero, la plena
participación de los pueblos indígenas; y cuarto, la cooperación entre los
pueblos indígenas y sus gobiernos.

Primero, una declaración tendría que insistir en el derecho que tienen los
pueblos indígenas de mantener y desarrollar sus culturas y modos de vida
únicos. La declaración tiene, por supuesto, que condenar categóricamente
el genocidio, la discriminación legalmente aprobada y otras formas
directas de opresión. Pero también tendría que fomentar los esfuerzos que
apuntan a erradicar formas más sutiles de discriminación y prejuicio
dirigidos contra los pueblos indígenas.

Segundo, la diversidad cultural: los pueblos indígenas han sufrido una
opresión terrible porque nuevos colonizadores no toleraban la diversidad,
sino que consideraban sus propias culturas como superiores y más
avanzadas. El aprecio por culturas y características étnicas distintas es,
del punto de vista Bahá'í, un requisito esencial para la eliminación de la
discriminación contra las poblaciones indígenas. Por consecuencia, estamos
convencidos que una declaración tendría que pedir medidas educacionales
que procuran suscitar una conciencia de la diversidad cultural y un
aprecio por la misma. Todos -- tanto los pueblos indígenas como los
miembros de otras culturas -- tendrían que tener la oportunidad de
beneficiar de programas educacionales cuyes metas son la abertura de
espíritu y la profundización de la comprensión entre los pueblos indígenas
y la sociedad dominante, como también entre los distintos grupos de
pueblos indígenas entre sí. Por esas razones, acogemos con beneplácito el
principio 11 del proyecto de declaración, adoptado por el Grupo de Trabajo
en su último período de sesiones, principio que afirma el derecho de los
pueblos indígenas "de promover la información y la educación
interculturales, reconociendo la dignidad y la diversidad de sus
culturas."

Tercero, los pueblos indígenas deben tener el derecho de participar plena
y activamente en sus sociedades nacionales y en decisiones que los
afectan. Su participación enriquecerá la vida de sus comunidades
nacionales. De más importancia aún es el hecho que eso les permitirá de
guiar sus propios destinos. Una participación plena y activa ayudará a los
pueblos indígenas a desarrollar la confianza, la voluntad de autonomía
colectiva y la habilidad de dirigirse a sí mismos, todas cualidades
esenciales para jugar un papel activo cuando se trata de proporcionar un
bienestar social, económico y espiritual de más nivel a su gente. Les
permitirá de volverse miembros coparticipantes de sus comunidades
nacionales, al mismo tiempo que conservarán sus culturas e identidades
únicas. Una declaración tiene que pedir medidas que favorezcan el
desarrollo de oportunidades para este tipo de participación activa de los
pueblos indígenas.

Cuarto y último punto, la cooperación entre los pueblos indígenas y sus
gobiernos es esencial. Del punto de vista Bahá'í, el respeto por culturas
distintas se alcanza tan sólo si somos capaces de percibir, debajo de
nuestras variaciones culturales, nuestra unidad esencial de raza humana
única. El respeto mutuo no sucederá por el separatismo o el antagonismo.
Los pueblos indígenas sienten un enfado muy comprensible ante las
injusticias que han sufrido. Pero la mejora de su situación actual
requiere un diálogo nuevo entre los pueblos indígenas y sus gobiernos --
una comunicación positiva cuyo propósito es encontrar medios de promoción
de los derechos de los indígenas y de su participación. Una declaración
tendría que exigir esta cooperación. Tendría que recomendar la creación de
un mecanismo permanente - tal vez un mediador o un sucesor a este Grupo de
Trabajo -- a fin de ayudar a los pueblos indígenas y a sus gobiernos a
ponerse de acuerdo sobre una base regular de manera que puedan clarificar
los problemas y las perspectivas y discutir los remedios y las soluciones
de manera constructiva.

Señora Presidenta, la Comunidad Internacional Bahá'í considera que el
proyecto que preparó Usted enuncia admirablemente, de manera objetiva y
positiva, los cuatro principios que hemos subrayado -- respeto por la
cultura indígena, aprecio por la diversidad, participación plena y
cooperación. Asimismo como pensamos que una declaración sobre los derechos
de 106 indígenas tiene que enfocar estos principios en su esencia, también
es nuestra convicción que los mismos tienen que caracterizar el
procedimiento de redacción de una declaración. El procedimiento de
redacción tendría que reflejar una comprensión de los modos de vida únicos
que han cultivado los pueblos indígenas y fomentar esfuerzos para proteger
dichos modos. Al redactar la declaración, el Grupo de Trabajo tendría que
buscar opiniones de grupos y organizaciones indígenas tan variados como
posible, ilustrando así en la práctica el aprecio por la diversidad
cultural que la declaración ha de abrazar. Además tendría que fomentar la
participación activa de los grupos indígenas en el procedimiento de
redacción y favorecer el espíritu de cooperación en esta empresa delicada
pero crucial.

Señora Presidenta, es evidente que el Grupo de Trabajo se está esforzando
para manifestar las cualidades que acabamos de mencionar. Aplaudimos al
Grupo de Trabajo por este logro. Brilla como ejemplo para otros órganos de
derechos humanos de las Naciones Unidas en cuanto a las posibilidades de
permitir a las víctimas de discriminaciones -- en este caso, los pueblos
indígenas -- de tener una voz que se escucha en medio de los esfuerzos
mundiales para mejorar su situación. El Grupo de Trabajo ha enfocado la
cuestión de la salvaguardia de la cultura indígena, siempre reconociendo
el vasto conjunto con facetas tan múltiples de culturas que merecen
protección. Solicitó concienzudamente la participación enérgica de los
pueblos indígenas en sus deliberaciones, y también mantuvo un ambiente de
buena voluntad y cooperación. Si el Grupo de Trabajo continúa siguiendo el
camino que se ha trazado con tanta sabiduría, confiamos en que logrará
cumplir con su importante misión.



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